A la vista de la deficiente situación
actual del intercambio de información entre fedatarios y catastro, unas recomendaciones
- Parcelaciones
(segregaciones, agrupaciones etc.):
Salvo que el notario que firma la escritura garantice que va a comunicar al Catastro la alteración, es conveniente presentar una declaración en modelo 903N, acompañándola del IVGA y de la escritura.
- Discrepancias
entre la descripción catastral de la parcela y la medición:
Solicitar el inicio del expediente siempre en el Catastro, ya que de momento los notarios no disponen de aplicación informática para trabajar en este tema.
Recordemos que el Catastro no va a iniciar expedientes para modificar parcelas por errores insignificantes.
Solicitar el inicio del expediente siempre en el Catastro, ya que de momento los notarios no disponen de aplicación informática para trabajar en este tema.
Recordemos que el Catastro no va a iniciar expedientes para modificar parcelas por errores insignificantes.