GUÍA PRÁCTICA DE REPRESENTACIONES GRÁFICAS
CIUDADANO
·
DOCUMENTACIÓN
A APORTAR AL NOTARIO O REGISTRADOR:
Todas las escrituras
deben incorporar una representación gráfica de la parcela, que
será el Certificado Catastral Descriptivo y Gráfico (CCDG)
o una representación gráfica alternativa (RGA),
según el tipo de escritura.
Es importante
identificar con esta representación gráfica la finca objeto de la escritura.
CASOS:
·
Escritura
de compraventa, herencia, derecho real,
etc.; es decir, cuando no se modifica la parcela:
o Si
la parcela figura correctamente en el Catastro: CCDG
o Si
la representación de la parcela en el Catastro no se adapta la realidad:
§ Si
no se desea corregir la descripción catastral: CCDG
§ Si
se desea corregir la descripción catastral previamente: RGA*, con la que se iniciará un procedimiento de
subsanación de discrepancias.
·
Escritura
de segregación, división, agregación o agrupación:
RGA* de las parcelas resultantes.
·
Inmatriculación
de finca:
CCDG. La superficie en escritura de la parcela
debe ser idéntica a la del CCDG.
·
Escritura
de obra nueva:
o Obra
antigua, que ya figura en el Catastro: CCDG y GML del edificio antiguo descargado de la Sede Electrónica del
Catastro.
o Obra
nueva: Informe Catastral de Ubicación de
Construcciones (ICUC), obtenido en
la Sede Electrónica del Catastro a partir de un GML del edificio nuevo.
·
OBTENCIÓN
DE LA INFORMACIÓN GRÁFICA:
o CCDG: La
opción más cómoda es que la obtenga el notario, pero también puede descargarse gratuitamente de la
Sede Electrónica del Catastro siempre y cuando se disponga de un sistema de
firma electrónica y se sea el titular catastral. En el caso de ser persona
legitimada distinta del titular o no disponer de firma electrónica, el CCDG
puede adquirirse de forma presencial en una Gerencia del Catastro o en un PIC.
o RGA*:
Las representaciones gráficas alternativas han de ser elaboradas por el
ciudadano o su técnico y validadas en la Sede Electrónica del Catastro. Deben
cumplir ciertos requisitos técnicos y validarse, obteniendo un Informe de Validación Gráfica positivo,
que es el documento que debe aportarse al notario. En algún caso
excepcional, el notario puede admitir un informe de validación gráfica negativo
(afección de viales urbanos)
Se prevé la
inclusión de herramientas de manejo sencillo por el ciudadano en la Sede
Electrónica del Catastro para casos de agrupaciones de parcelas o segregaciones
básicas. En el resto de casos, se precisará la intervención de un técnico para
la realización de las RGA y su correspondiente Informe de Validación Gráfica
(IVG).
o GML de edificio antiguo:
se obtiene desde la consulta libre de la parcela en la Sede Electrónica del
Catastro. Puede descargarlo el ciudadano o el notario; no se precisa de la asistencia
de un técnico.
o GML de edificio nuevo:
debe elaborarlo el ciudadano o su técnico, a partir de la descarga previa de la
parcela en la Sede Electrónica del Catastro. Posteriormente debe validarse en
la Sede Electrónica del Catastro obteniendo el ICUC.
·
QUÉ
HACER CUANDO MI PARCELA ESTÁ INCORRECTAMENTE DESCRITA EN EL CATASTRO O EN EL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD:
o Si
la parcela figura correctamente en el Catastro y el error existe en la
escritura y en el Registro de la Propiedad, basta con aportar al notario la
CCDG para que inicie procedimiento
pertinente.
o Si el error existe en el Catastro, un
técnico debe elaborar la en RGA de la
parcela y de las colindantes afectadas por error, y obtener el IVG positivo.
Con esta información podemos acudir al
notario para que inicie un expediente de subsanación de discrepancias en el
Catastro.
También podemos acudir directamente al
Catastro, siempre y cuando contemos con la conformidad expresa de los
colindantes afectados y la diferencia de superficie sea de cierta importancia.
Si estamos realizando un trámite en el Registro de la Propiedad, el registrador
también puede iniciar el procedimiento.
Sólo
hay que iniciar actuaciones cuando se haya efectuado una
medición topográfica de la parcela y
se tenga la certeza técnica de que
existe un error en la descripción catastral de la parcela que merece la
pena corregir. No es suficiente utilizar una ortofoto para acreditar errores.
·
QUÉ
HACER CUANDO ME DAN AUDIENCIA COMO COLINDANTE
Cuando se tramita un procedimiento
catastral o registral para subsanar la descripción de una parcela en el
Catastro o en el Registro de la Propiedad, es necesario dar audiencia a los
titulares (catastrales o registrales, respectivamente) de las parcelas
colindantes afectadas.
También es necesario este trámite de
audiencia a los colindantes cuando se lleva a cabo la coordinación Catastro-
Registro de una finca.
En el caso de recibir una notificación
de Catastro, notario o registrador como colindante afectado por alguna de las
actuaciones citadas, siempre debería ir
acompañada de una representación gráfica en la que se observe claramente
cómo va a quedar mi parcela. Si no se recibe esta representación gráfica, es
conveniente solicitarla a quien nos haya notificado.
El
Informe de Validación Gráfica es el documento que muestra más claramente los
cambios que se propone en las parcelas afectadas
por la actuación.
Los registradores suelen incluir un
acceso a su página web en la que se ve la parcela objeto de la actuación y,
desplegando la pestaña situada a la derecha del visor, se puede poner como
fondo la cartografía catastral y ortofotos. Hay que tener precaución con los
desplazamientos que la cartografía catastral puede tener con respecto a la
ortofoto; si no se sabe interpretar es conveniente consultar con el registrador
o el técnico.
Valencia, junio de 2017
Buenos días, me gustaría hacerle una consulta, a ver si me puede ayudar. Me encuentro en una situación de coordinación de información de Registro-Catastro. Esta necesidad me ha surgido debido a una operación de compraventa. Resulta que la información registral de la finca está anticuada y no actualizada con la del Catastro. El registrador me ha pedido un descripción de la parcela, la CCDG y las coordenadas georreferenciadas de parcela y edificación. Mi pregunta es la siguiente: ¿en qué formato hay que aportar la información de las coordenadas georreferenciadas tanto de la parcela como de la finca al registrador?
ResponderEliminarMuchas gracias.